Ésta rama del Derecho Privado regula los vínculos y los conflictos civiles o comerciales que se originan entre particulares, o sea sin la intervención del Estado como persona del Derecho Público. Por lo tanto su ámbito de aplicación es muy amplio. Se aplica a personas físicas y jurídicas de carácter privado o público (cuando actúan como un particular). Y regula tanto las relaciones patrimoniales como las personales.
Algunas materias en las que nos destacamos.
- Contratos (en general). Locaciones de inmuebles, locaciones de servicios. Compra -ventas. Acuerdos en temas varios. Cesiones de derechos varios.
- Derecho de Familia. Divorcio. Alimentos. Tenencia y régimen de visitas. Régimen patrimonial de bienes. Uniones civiles.
- Daños y perjuicios. Daños a las propiedades. Daños por incumplimiento de contratos. Por accidentes de tránsito u otros.
- Defensa del consumidor
- Sucesiones. Cesiones de derechos hereditarios.
- Constitución de SociedadesLe ofrecemos atención personalizada para resolver sus dudas o inquietudes en cuanto a su caso en particular.

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